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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 332
TESTIMONIO SINGULAR, APRECIACION DEL, POR LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 332
La Junta responsable obró correctamente al desestimar la declaración del testigo de la parte actora, toda vez que concurren dos circunstancias que le restan credibilidad, como lo son su carácter singular y que pertenece al sindicato promovente; pero la misma Junta procedió ilógicamente al negarle eficacia probatoria a la declaración de dicho testigo en cuanto favorece al actor y reconocérsela en lo que beneficia al demandado, pues si no era digno de crédito, ninguna de sus afirmaciones debió tomarse en consideración.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 891/49. Sindicato de Peluqueros de Tijuana, C. O. C. M. 10 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.