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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 336
SALARIOS, NIVELACION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 336
Cuando el trabajador ejercita esta acción, le incumbe la carga de probar los extremos de la misma, demostrando que desempeña el mismo trabajo que las personas con quiénes pretende se le nivele, en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, pues no hay precepto legal ni razones de orden jurídico que puedan invocarse para imponer al patrón que acredite que el trabajador no presta sus servicios en las mismas condiciones que aquéllos con quienes trata de que se le nivele.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2491/45. Petróleos Mexicanos. 10 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.