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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 875
REINSTALACION DEL TRABAJADOR, NO PORQUE EL DEMANDADO MANIFIESTA SU CONFORMIDAD EN QUE REGRESE AL TRABAJO LA PARTE ACTORA, LAS JUNTAS DEBEN DECLARAR EL DESISTIMIENTO DE ACCION RELATIVA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 875
Si la parte actora demandó entre otras prestaciones, su reinstalación con pago de salarios vencidos y su demanda se tuvo por contestada en sentido afirmativo, la manifestación de su contraparte, expresando su consentimiento para que aquélla regresara a su trabajo, no pudo, legalmente, variar los términos de la lite y, salvo prueba en contrario, la Junta debió fallar condenatoriamente y no concluir que por el hecho de que la parte actora nada expuso sobre la proposición que se le hizo para que regresara a su trabajo, pagándosele una semana, debía entenderse que tácitamente desistía de la acción de reinstalación. Por tanto, en el caso, el laudo reclamado no es congruente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 702/49. Guerrero Ana María. 27 de julio de l950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.