Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/369151
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 880
SALARIO DEL TRABAJADOR, PUEDE FIJARSE EN MONEDA EXTRANJERA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 880
No porque la moneda extranjera no tenga más valor que el de plaza y porque nadie está obligado a recibirla en razón de que la base de nuestro sistema monetario es el peso, puede decirse que una empresa no puede fijar a un trabajador su salario en moneda extranjera, si al hacer su pago hace la conversión a moneda nacional de acuerdo con el tipo del día.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2674/49. The Fresnillo Company. 27 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.