Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/369170
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1134
TESTIGOS, DOBLE CALIDAD DE LOS, EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1134
No por el hecho de que una persona declare sobre hechos propios, deja de ser un testigo, pues no siendo parte en el juicio, no es un absolvente de posiciones y su declaración sobre hechos que le consten por haber intervenido en ellos, le da el carácter de testigo de calidad, aunque no se exprese en las actuaciones que tiene tal carácter.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9284/49. Landgrave L. Antonio y coags. 3 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.