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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1140
TRABAJADORES DE BANCOS QUE TIENEN OTROS EMPLEOS (ABOGADOS CONSULTORES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1140
Si el contrato celebrado entre el actor y el banco demandado, establece que aquél deberá concurrir a la jefatura de zona del banco, siempre que su presencia sea necesaria a juicio del jefe de zona , y concurrir a los lugares que le indique dicho jefe de zona, a mantener los expedientes de los juicios en los archivos del banco, que los consultará precisamente en la oficina de la jefatura y las costas que se obtengan en los juicios a él encomendados, quedarán a beneficio del banco, debe decirse que el elemento "dependencia" queda completamente demostrado, pues en el caso no se trata de un profesionista autónomo del que el banco fuera cliente, sino de un verdadero empleado con sueldo del banco demandado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8670/49. Lozano Vázquez Alberto. 3 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.