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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1149
DESPIDO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1149
Si en contra de la acción de cumplimiento del contrato de trabajo, el demandado no expone excepción propiamente dicha, concretándose a manifestar que despidió al trabajador en forma justificada, pero sin decir cual fue ni mencionar los hechos constitutivos de la misma, no obstante que debió exponer claramente en qué consistieron los hechos fundatorios de su defensa, para que la contraparte estuviera en posibilidad de rendir pruebas tendientes a destruirlos, el laudo que lo absuelve por considerar justificada la separación, es incongruente con las pretensiones de las partes, deducidas oportunamente en el conflicto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9405/48. Pérez Modesta. 4 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.