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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1274
INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, DERECHO DE LOS ASCENDIENTES, A LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1274
De acuerdo con el artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo, los ascendientes son acreedores a la indemnización a falta de descendientes, a no ser que se demuestre que no dependían económicamente del trabajador fallecido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2317/47. Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.