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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2226
ACUERDOS PUESTOS AL DORSO DE LOS ESCRITOS, POR LAS JUNTAS, VALOR DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2226
Si el acto reclamado consiste en la falta de proveído a un escrito del quejoso, en el que se pedía la declaración del desistimiento de la acción del actor, es correcto el sobreseimiento dictado por el inferior, por no haberse demostrado la existencia del acto reclamado, pues la autoridad responsable, al negar la existencia del mismo acto, acompañó copia certificada del proveído que recayó al escrito del quejoso. Por eso, como se dijo, el sobreseimiento del inferior se encuentra apegado a derecho; sin que obste para ello, el hecho de que el acuerdo dictado obre al dorso del escrito que contiene la promoción del susodicho quejoso y que ésta no se encuentre enlazada.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8760/48. Rivera M. Juan. 7 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.