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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1222
TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, PUEDEN SERLO LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1222
No es causa bastante para negarle crédito a los testigos de la parte demandada, la circunstancia de que sean trabajadores de ésta, pues no es óbice la situación de dependencia que existe en razón del trabajo, toda vez que la parte contraria puede formularles repreguntas para hacer patente su falta de veracidad, si no es exacto lo que contestan en el interrogatorio directo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2760/48. San Francisco Mines of México, Ltd. 3 de mayo de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Emilio pardo Aspe. Disidente: Armando Z. Ostos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.