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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1907
CONFLICTOS DE ORDEN ECONOMICO, CALIFICACION DE PRUEBAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1907
Como el capítulo relativo a los conflictos de orden económico, no contiene precepto alguno sobre la calificación de las pruebas, deben aplicarse al respecto los artículos 522 y 524 de la Ley Federal del Trabajo, como normas de orden general.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2592/49. Sindicato de Trabajadores de la Industria del Cemento, etc. 14 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.