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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1961
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1961
Para que se dé cumplimiento al artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, es menester que los laudos hagan una valoración de las pruebas, razonando en forma tal, que no deje duda sobre la lógica que rija las conclusiones a que se llegue con el estudio de las mismas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 94/50. Pego Ansuátegui Francisco. 15 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.