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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1965
CONVENIOS LABORALES, NULIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1965
No es el juicio de amparo el medio jurídico señalado por la ley, para obtener la nulidad de los convenios laborales, sino que su resolución corresponde a los órganos jurisdiccionales creados por la misma. Por tanto, el amparo promovido por el quejoso es improcedente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2730/49. Naredo Martínez Manuel. 15 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.