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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1995
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS, DEFICIENCIA DEL CONCEPTO DE VIOLACION EN QUE SE COMBATE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1995
Debe considerarse infundado, por deficiente, el concepto de violación relativo a la apreciación hecha por la Junta, de una prueba testimonial, cuando el agraviado no indica en su demanda qué fue lo declarado por los testigos ni cuáles son las razones por las que dicha Junta, indebidamente la desestimó, puesto que la Suprema Corte no puede legalmente suplir la deficiencia de la quejosa ya que tiene que examinar el concepto tal como fue planteado, sin modificarlo ni ampliarlo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2097/49. Ernesto Rolón y coagraviados. 16 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.