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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369387
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 605
INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA, COMISION NACIONAL DE LA, VALOR DE SUS RESOLUCIONES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 605
Las resoluciones de la Comisión Nacional de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana, tienden a prevenir o resolver conflictos por el avenimiento de las partes, procurando su consentimiento con las resoluciones que proponen, pero en caso de que alguna de ellas las rechace, tienen expedito su derecho para plantear el conflicto ante la autoridad jurisdiccional competente, para resolverlo, que según la fracción xx, del artículo 123 de la Constitución Federal, es la junta de conciliación y arbitraje respectiva. por tanto, una resolución de la Comisión Nacional de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana no puede vincular en su sentido a una junta, como la responsable, como si fuera una prueba de valor pleno.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2226/49. Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana. 20 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.