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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 613
INCOMPETENCIA DE LAS JUNTAS, NO PROCEDE EL AMPARO CONTRA LOS ACUERDOS QUE ADMITEN LA EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 613
Es correcto el sobreseimiento dictado por el juez de distrito, en el amparo promovido contra el acuerdo, que dio entrada a un incidente de incompetencia por declinatoria; puesto que dicho acuerdo no resuelve la excepción de incompetencia y solo concede un término a las partes para que aleguen y prueben sus respectivas pretensiones, y es claro que no afecta los intereses jurídicos del quejoso.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4288/49. Cabrera Esteva Pedro. 20 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.