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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 873
AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES, ERROR EN LA CITA DE PRECEPTOS LEGALES, PARA EL APERCIBIMIENTO DE DAR POR CONTESTADA EN SENTIDO AFIRMATIVO, LA DEMANDA, EN CASO DE NO CONCURRIR A AQUELLA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 873
Si se alega que la parte demandada fue apercibida en los términos del artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, en lugar de haberse hecho el apercibimiento en los términos de los artículos 515 y 517 de la misma ley; debe decirse que aun cuando esa violación es cierta, la misma no produce indefensión a la parte quejosa, ya que no hubo sino una equivocación en la cita del articulado, y el error de que se le haya mandado apercibir en los términos del artículo 527, no le causa perjuicios, porque se hizo efectivo el apercibimiento, correctamente, en los términos de los artículos 515 y 517, citados.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4357/48. Sindicato de Propietarios de la Línea " México-Coyoacán Villa Obregón-Contreras y Anexas". 26 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.