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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369429
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1409
INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL Y PAGO DE SALARIO VENCIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1409
No es verdad que la indemnización constitucional de tres meses de salario por despido injustificado, sea una acción contradictoria con la de pago de salarios vencidos, puesto que ésta es precisamente una consecuencia legal de aquélla, según el párrafo segundo del artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3952/48. Fábrica de Estufas Parral, S. A. 8 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.