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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2083
GERENTES, DEBEN ACREDITAR SU PERSONALIDAD PARA CONTESTAR LAS DEMANDAS LABORALES EN CONTRA DE LA EMPRESA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2083
Si el que ocurre a contestar la demanda en el juicio laboral, como representante de la empresa demandada, no acredita su personalidad como gerente de la misma, es claro que la Junta obró correctamente al tener por contestada en sentido afirmativo la aludida demanda, salvo prueba en contrario; aunque en una audiencia posterior el representante de referencia exhiba testimonio de la escritura constitutiva en el que conste que se le designó administrador general y gerente. Por tanto si en el momento de contestar la demanda por la empresa, no acreditó su personalidad el representante, la Junta responsable no cometió violación alguna al tener por contestada la demanda, en sentido afirmativo, conforme al artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo, porque la demandada resultó mal representada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5140/48. Productos Mecánicos, S. A. 3 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.