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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2188
RECIBOS DE SALARIOS NO IMPUGNADOS POR EL TRABAJADOR, NO NECESITAN RATIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2188
Si la Junta adujo como razón para negar valor probatorio a unos recibos no estaban ratificados por su firmante debe decirse que tal razonamiento es equívoco, ya que si la misma parte actora no los objetó, ni negó que fuera suya la firma que los calzaba, y para su eficacia no era menester que fueran ratificados.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4672/49. Obregón Macario. 8 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.