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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2503
INSPECTORES DEL TRABAJO, ACTAS LEVANTADAS POR LOS, ANTES DEL JUICIO LABORAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2503
Una acta levantada por un inspector de trabajo, antes de presentarse la demanda, es una prueba preconstituida, y como en la misma no intervino la parte demandada, es claro que la Junta responsable procede legalmente al negarle valor probatorio, puesto que cuando la inspección puede ser solicitada dentro del juicio y en la audiencia respectiva, no debe preconstituirse, porque ignorando el demandado el juicio que se promoverá en su contra, no aduce en el acta misma las defensas que pudiera tener y muchas veces no asiste a la diligencia por no saber que la inspección va a constituir prueba alguna en su perjuicio; sino que porque en aquella acta se hubiera impuesto una multa al patrón, ello sea razón para darle valor al documento en el juicio laboral máxime cuando el patrón exhibió un documento en que se le releva de esa multa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7368/49. Cruz Ernesto de la. 16 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.