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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 3143
DEMANDA DE AMPARO, FALTA DE FIRMA DEL QUEJOSO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 3143
Si la demanda de amparo no viene firmada por uno de los quejosos que se enuncian, no puede tenerse por interpuesta a su nombre, y por lo mismo, no pueden examinarse las violaciones que a ese supuesto quejoso corresponde.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 33/49. Cadena Aristeo y Pablo García Soto. 31 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.