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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 83
TRABAJADORES TEMPORALES, SUSPENSION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 83
Es correcta la consideración de la Junta responsable sobre que no es lógico ni equitativo obligar a una empresa que trabaja por temporadas, dada la naturaleza propia y habitual de sus trabajos forestales, a tramitar un conflicto de orden económico, para suspender sus labores cada año; puesto que es la que norma especialmente la naturaleza de las relaciones contractuales y legales en materia de trabajo, en empresas agrícolas ganaderas o forestales, al tenor de lo que disponen los artículos 41 y 190 de la Ley Federal del Trabajo, puesto que la interrupción de sus trabajos, no obedecen a causas de orden económico.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5014/48. Morán Genaro y coag. 4 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.