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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 673
ASISTENCIA DE LOS TRABAJADORES, JUSTIFICACION DE LAS FALTAS DE, CON CERTIFICADO DE MEDICOS PARTICULARES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 673
No hay razón jurídica ni lógica alguna para exigir que un trabajador exhiba certificado de su enfermedad, expedido únicamente por el médico de la empresa, pues no sólo éste puede dictaminar sobre el estado de salud. Por tanto, el certificado de un médico particular que no es desechado por otras razones hace fe cuando es ratificado ante la Junta, y por lo mismo, debe dársele valor probatorio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8508/48. Casso Castro Juan. 21 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.