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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 735
LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 735
La congruencia en los laudos que exige el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, debe entenderse como la relación necesaria entre la acción ejercitada, la excepción opuesta y la resolución del conflicto, de manera que abarque la totalidad de las cuestiones controvertidas. Por tanto, cuando el actor reclama el pago de una cantidad de dinero como importe insoluto de salarios devengados, y sobre esta cuestión se pronuncia el laudo, aunque condenando por una cantidad inferior, que la parte demandada no probó haber cubierto, no puede decirse que tal laudo sea incongruente con las pretensiones de las partes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3225/48. Salas Camilo. 22 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.