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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369637
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1355
PERSONALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1355
El capítulo de personalidad, ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, es de naturaleza sui generis. De acuerdo con el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo, las Juntas pueden tener por acreditada la personalidad del litigante, sin sujetarse al derecho común, cuando así aparezca de los documentos exhibidos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4421/48. Petróleos Mexicanos. 8 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.