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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2386
PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, OFRECIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2386
Según el artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, las partes deben ofrecer sus pruebas precisamente en la audiencia que para ese efecto se señala, misma en la que, conforme al artículo 524, deberán presentar a los testigos que pretenden sean oídos, en la inteligencia de que, aun en el caso de que por su naturaleza, las pruebas no pueden ser desahogadas desde luego, tienen que ser propuestas en dicha audiencia, como dispone el artículo 523, de modo que si no se ofrecen la confesional y testimonial en esa oportunidad procesal, la Junta respectiva no puede tenerlas por legalmente ofrecidas, aunque se hubieren ofrecido en la demanda inicial del conflicto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7751/48. Pérez Francisco. 9 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.