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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369686
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2518
PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, LA NEGATIVA A ADMITIRLAS, DEBE RECLAMARSE EN AMPARO DIRECTO CONTRA EL LAUDO QUE AL FINAL SE DICTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2518
Si la parte demandada no estuvo presente al dar comienzo la audiencia de pruebas y alegatos, pero su apoderado se presentó en el momento en que terminaba de ofrecer sus pruebas las parte actora, esto es, antes de que se dictara acuerdo que declarase cerrado el período de ofrecimiento de pruebas, pretendiendo ofrecer las suyas, sin que lo permitiera la Junta, se violaron en perjuicio de las parte demandada, las leyes del procedimiento, pero esta violación queda comprendida en la fracción XI del artículo 159 de la Ley de Amparo, por la analogía que presenta con los casos de que tratan las demás fracciones del mismo artículo, y por lo mismo, debe reclamarse en amparo directo, si el laudo fuere adverso a los intereses de dicha parte demandada.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1176/48. Sosa Reyes Eduardo. 19 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.