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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2540
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, INTEGRACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2540
El hecho de que se hubieran pospuesto otras audiencias, por desintegración del Tribunal de Arbitraje, señaladas para el mismo día en que en el caso tuvo lugar la audiencia de pruebas y alegatos, no es prueba de que dicho cuerpo hubiera estado desintegrado para llevar a cabo la citada audiencia de pruebas y alegatos, menos aún si del texto del acta levantada con motivo de la susodicha audiencia, aparece que se encontraron reunidos los tres miembros que integran aquel Tribunal de Arbitraje, firmando dicha acta bajo la fe del secretario del propio tribunal.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2638/49. Secretario de Trabajo y Previsión Social. 20 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.