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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
369716
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 64

DEMANDA DE AMPARO, SU DEPOSITO EN EL CORREO NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA INTERPONERLA.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 64

Precedentes

Tomo C, página 2038. Indice Alfabético. Amparo directo 4255/48. Sindicato Unico de Empleados de Comercio, Industria, Oficinas Particulares y Similares de Veracruz. 2 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez. Tomo C, página 2038. Indice Alfabético. Amparo directo 3766/48. Solís Enriqueta. 2 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez. Tomo C, página 64. Amparo directo en materia de trabajo 8897/47. Ruiz Rodolfo. 1 de abril de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 369716