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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 825
TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 825
Si los actores ofrecieron como prueba, el testimonio del administrador de la hacienda en que trabajaban, es infundado el concepto de violación que hacen valer en el amparo, en el sentido de que el dicho de ese administrador no es prueba testimonial como la considera la Junta, sino confesional; porque no podría considerarse como confesión lo depuesto por persona distinta de la parte demandada, aun cuando su condición fuese de allegada o de dependiente, ni podría tacharla precisamente la parte que la ofreció como testimonial.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7637/47. Isidro Pech y coagraviados. 9 de mayo de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.