Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/369784
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1321
EJECUCION DE SENTENCIAS DE LA CORTE, QUEJA CONTRA EL EXCESO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1321
Si la ejecutoria de esta Suprema Corte concedió el amparo, para el efecto de que la Junta responsable estudiara y resolviera sobre la excepción de falta de personalidad de los representantes del sindicato actor, y dicha Junta responsable, al pronunciar el nuevo laudo estimó que la excepción de referencia fue opuesta extemporáneamente; debe decirse que al proceder así, fue más allá de los extremos de la ejecutoria, incurriendo en exceso de ejecución, no reclamable en la vía de amparo sino por medio del recurso de queja, pues como ya se dijo, el amparo se concedió para el efecto de que la responsable estudiara y resolviera sobre al excepción de falta de personalidad de los representantes del sindicato actor, no para que apreciara acerca de su oportunidad o extemporaneidad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1983/48. Compañía Textil de Guadalajara, S. A. 14 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.