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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1397
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, PRUEBAS ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1397
El artículo 107 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, tiene aplicación sólo cuando los trabajadores comparezcan por sí o por sus representantes ante el Tribunal de Arbitraje; y cuando ya está fijada la litis en determinada forma, sólo podrán recibirse pruebas con respecto a la controversia fijada en esa litis.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1783/48. Villa Núñez Francisco. 16 de junio de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.