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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1624
DICTAMENES DE MEDICOS DE LA PROCURADURIA DEL TRABAJO, VALOR DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1624
Es infundado el alegato en el sentido de que el dictamen, así como el testimonio, de determinado médico es parcial, por ser médico de la Procuraduría del Trabajo, que es la que patrocinó a la parte actora; porque el solo hecho de que el citado doctor prestara servicios a la indicada dependencia, no es razón para estimar que tanto su dictamen, como su declaración, los haya producido con falsedad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2301/46. American Smelting and Refining Co., Unidad de Angangueo. 23 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.