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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369886
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 563
OPERACIONES MEDICO QUIRURGICAS, LAS EMPRESAS NO ESTAN OBLIGADAS A PAGAR LAS DE SUS TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 563
Si el trabajador quejoso fue operado del apéndice, la compañía demandada no tuvo obligación de reembolsarle las sumas que hubiera erogado, supuesto que tal obligación no se la impone la ley, ni del contrato colectivo de trabajo se desprende que voluntariamente la hubiere contraído.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6721/47. Villagrán Viramontes Demetrio. 28 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.