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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369901
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 668
CESE DE TRABAJADORES DEL ESTADO, LA ACCION DEL TITULAR PARA PEDIRLO, PRESCRIBE EN UN AÑO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 668
El término prescriptorio para el ejercicio de la acción de cese de trabajadores del Estado, es el de un año que consigna el artículo 86 del Estatuto de Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, y no el de un mes que fija la fracción IV del artículo 87, que se contrae a las acciones para suspender a los mismos trabajadores, por causas justificadas y para disciplinar sus faltas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 341/47. Hinojosa Villalobos Felipe. 2 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.