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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 672
DESPIDO INJUSTIFICADO, EXTINCION DE LA INDEMNIZACION POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 672
En términos del artículo 482 de la Ley Federal del Trabajo, cuando hay varias acciones contra una misma persona y respecto del mismo asunto, deben intentarse en una sola demanda todas las que no sean contrarias, y por el ejercicio de una o más, quedan extinguidas las otras. Por tanto, como la acción de indemnización de tres meses de salario por despido injustificado, no es contradictoria de las referentes al pago de horas extras, días de descanso y gratificación anual, es claro que si no se intenta en tiempo oportuno por el actor, esa acción de indemnización se extingue.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3953/47. Moisés Delfín. 2 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.