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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 681
CONFESION FICTA Y CONFESION EXPRESA EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 681
La confesión ficta de una de las partes en un juicio de trabajo, hace fe plena, siempre que no esté contradicha con alguna otra prueba o hecho fehaciente que conste en autos, pues si lo está, carece de toda eficacia probatoria. La confesión expresa de un litigante es la prueba por excelencia, y al tomarse en lo que perjudica destruye toda otra demostración en contrario. Ahora bien, si el demandado no concurrió a absolver posiciones, existe una confesión ficta, que probaría el vínculo contractual con el actor, pero como también existe la confesión producida personalmente por éste, en términos contradictorios a aquella, es de concluirse que esa confesión del actor, es justificativa de la inexistencia del vínculo contractual, que aseveró lo unía con el demandado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5881/45. Fernández Indalecio. 2 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.