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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 693
NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 693
Los artículos 441 y 443 de la Ley Federal del Trabajo, determinan que sólo la primera notificación se hará personalmente a los interesados, para que concurran al juicio laboral respectivo, y que las restantes se harán por los estrados de la Junta. Ahora bien, si en el caso, la primera notificación, o sea, el emplazamiento, le fue hecho al quejoso, en términos del artículo 444 de la mencionada ley, indudablemente que las subsecuentes notificaciones de autos dictados por la referida Junta, no tienen por qué hacerse en forma personal, no obstante que se trata de llevar a efecto la audiencia de conciliación, no verificada en las fechas señaladas por la responsable por falta de asistencia de las partes, porque de cualquier manera, ya estaba hecha la notificación en forma personal, y había sido llamado a juicio el quejoso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1528/47. Borenstein Isaac. 3 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.