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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 928
JUNTAS, OMISION DE PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 928
La Suprema Corte, interpretando las facultades concedidas a las Juntas de Conciliación y Arbitraje por el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, ha dicho que en sus laudos, deben expresar las razones que tengan para omitir el estudio de una prueba ofrecida y admitida en el juicio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2490/48. Martínez Amalio L. 11 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.