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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 928
TESTIMONIO SINGULAR EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 928
La razón de que sólo haya un testigo, no es bastante para desechar su testimonio singular, pues como el procedimiento ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje no señala que deban ser dos o más testigos para que hagan fe, sino que deja al arbitrio de las Juntas la estimación de las pruebas, sin sujetarse a reglas para ello un testigo singular puede llegar a hacer prueba, por lo que para rechazarla, una Junta no puede fundarse en sólo el hecho de que sea único, sino que debe expresar las razones que tenga para desechar su testimonio o para concluir que éste no le merece fe, pero deduciendo tales razones de la declaración misma del testigo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2490/48. Martínez Amalio L. 11 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.