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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 934
DEMANDADO EN EL PROCEDIMIENTO DE TRABAJO, NO LO ES EL PADRE SI EL PROPIETARIO DE LA NEGOCIACION ES EL HIJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 934
Si demandado el padre, se prueba que la fuente de trabajo pertenece al hijo, no se puede condenar al primero, a menos que se pruebe que el segundo es menor de edad o está incapacitado y el padre ejerce la patria potestad o la tutela.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 242/46. Méndez Oviedo Sóstenes. 11 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.