Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/369937
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1088
SINDICATOS, FORMACION DE OTRO NUEVOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1088
Si un sindicato se constituye con la mayoría de los trabajadores de una empresa que renunciaron a seguir perteneciendo a otro organismo sindical, debe decirse que la constitución de ese nuevo sindicato no está en pugna con lo dispuesto en los artículos 186 y 237 de la Ley Federal del Trabajo, pues los mencionados trabajadores tuvieron aptitud y capacidad jurídica por el derecho de libre sindicalización, para constituir ese nuevo sindicato, para luego plantear el problema de la titularidad del contrato colectivo, titularidad que corresponde al mismo sindicato de nueva creación, que es quien cuenta con la mayoría de los trabajadores de la empresa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3367/48. Liga de Empleados de Comercio e Industria de Guadalajara Jalisco. 16 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.