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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 369982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1986
ACTO RECLAMADO EN EL AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO SU INCONSTITUCIONALIDAD PUEDE SER PROBADA POR EL ACTOR O POR LAS DECLARACIONES DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1986
Es fundado el agravio que se hace consistir en que el Juez de Distrito no apreció las pruebas, que aunque aportadas por la Junta responsable, demuestran la inconstitucionalidad del acto reclamado; pues las pruebas remitidas por dicha responsable y consistentes en copias certificadas son bastante para demostrar los hechos en que se pretende fundar la mencionada inconstitucionalidad del acto reclamado, esto es son bastantes para demostrar que la parte actora dejó de promover en más de tres meses, siendo el estado del procedimiento de desahogo de pruebas pendientes; y es de concluirse que cuando en el juicio de amparo existen pruebas fehacientes del acto reclamado y de los hechos en que se pretende fundar la inconstitucionalidad, no es necesario que sea precisamente el quejoso el que aporte las pruebas, para que en su caso, se le conceda el amparo, si tal inconstitucionalidad resulta efectivamente probada.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7436/48. Fernández Adrián y coag. 16 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca,Tomo XCV, página 1992, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO, COMPROBACION DE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL.".