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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2430
TESTIMONIO SINGULAR EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2430
De acuerdo con el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, las Juntas de Conciliación y Arbitraje pueden fundarse en la declaración de un sólo testigo, para absolver o condenar, si tienen razones bastantes para que ese único testigo les merezca fe, y por tanto, no tiene aplicación los artículo 215 y 216 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3642/48. Laso José B. 31 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.