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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 86
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 86
Cuando el juicio laboral se encuentra en el periodo de desahogo de pruebas, es necesaria la promoción de alguna de las partes y en especial de la actora, para que continúe la secuela del procedimiento; y de no ser así, tiene aplicación el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Tomo XCVIII, página 2240. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8051/47. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 26 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Luis G. Corona.
Tomo XCVIII, página 2240. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8024/47. San Román Víctor. 26 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente y disidente: Luis G. Corona.
Tomo XCVIII, página 86. Amparo en revisión en materia de trabajo 4467/47. Petróleos Mexicanos. 1o. de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Luis G. Corona.