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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 335
FUNERALES DE LOS TRABAJADORES DE PETROLEOS MEXICANOS, INDEBIDA COMPROBACION DE LOS GASTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 335
La exigencia que establece la cláusula 150 del Contrato Colectivo de Trabajo entre Petróleos Mexicanos y sus trabajadores, en el sentido de que se compruebe que se efectúo el sepelio de un trabajador para que tenga lugar el pago de los gastos de funerales, es ilegal, por tratarse de una estipulación con una exigencia mayor que la franquicia que otorga el artículo 296 de la Ley Federal del Trabajo, en su fracción I. Por tanto, en estos casos, debe tomarse en cuenta esta última disposición legal y no aquella cláusula 150 del contrato colectivo de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5503/46. Petróleos Mexicanos. 11 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.