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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 390
JUNTAS, APRECIACION INDEBIDA DE LA PRUEBA DOCUMENTAL POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 390
No porque la empresa demandada deje de objetar unas cartas en un juicio laboral anterior, puede decirse que ello constituye un motivo para que la Junta respectiva les dé valor probatorio en un conflicto posterior; ya que en este último nuevamente se ofrecieron como constancias incluidas en copias certificadas y fueron concretamente objetadas por no haberse rendido en los términos del artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8583/47. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.