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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 559
PRUEBA CONFESIONAL, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA EL ACUERDO QUE ORDENA QUE SE RECIBA COMO TESTIMONIAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 559
Contra el acuerdo de una Junta que ordena recibir como testimonial una prueba que tiene el carácter de confesional, es decir, que ordena recibir una prueba no conforme a derecho, no procede el amparo ante un Juez de Distrito, por tratarse de una violación a las leyes del procedimiento prevista en la fracción III del artículo 159 de la Ley de Amparo, y por tanto, esa violación debe reclamarse en el amparo directo que se promueva contra la sentencia definitiva que se pronuncie en el juicio laboral, atento lo dispuesto en el artículo 161 de la citada ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4233/48. Castro Clara. 18 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.