Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/370064
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 677
NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 677
Si la Junta ordenó se hiciera al albacea de la sucesión quejosa, notificación personal del acuerdo para que concurriera a la audiencia respectiva a absolver las posiciones que le fueran articuladas, es infundado el alegato en el sentido de que indebidamente se declaró confeso a dicho albacea de las posiciones que le fueron articuladas, dizque porque no se llevó a cabo la aludida notificación, si el referido albacea sí fue notificado por conducto del apoderado de la sucesión demandada, pues en tales condiciones, debe considerarse que esa notificación fue personal, ya que aparece que el susodicho albacea designó al mencionado apoderado, para pleitos y cobranzas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5738/47. Courtade Francisco, sucesión de. 21 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.